jueves, 25 de julio de 2013

IEE Informe de evaluación del edificio. "La ITV del edificio"



INFORME DE EVALUACIÓN DEL EDIFICIO “LA ITV DE LOS EDIFICIOS” está aquí y la mayoría lo desconoce.

Tan simple como esto:
A nuestro hogar le sucede como a las personas, cambia y envejece con el tiempo, por lo que necesita revisiones e intervenciones que eviten males mayores, muy posiblemente mucho más costosos y dañinos.

Es el bien más preciado, por el que nos pasamos media vida pagando, en el que formamos nuestra familia y pasamos gran parte de nuestra existencia, y el que finalmente perdura y transmitimos a nuestros hijos.

¿Por qué no valoramos como se merece nuestra vivienda? ¿Por qué no cuidarla para que dure más y gaste menos?

¿No estaría más justificada y fácilmente amortizada cualquier inversión que mejore nuestra calidad de vida y nos produzca un ahorro?

¿En qué consiste?

La IEE o Informe de Evaluación de los Edificios, es un INFORME que se elabora a partir de una inspección en el que se da a conocer el estado general de un edificio. El documento IEE debe ser realizado por un TÉCNICO COMPETENTE (arquitectos y arquitectos técnicos) y constará como mínimo de las siguientes partes:
-Análisis del estado y conservación del edificio
Cubierta
Cimentación y Estructura
Fachadas
Redes de suministro y evacuación de aguas
Otros elementos que afecten a la seguridad, salubridad u ornato público.
-Condiciones de accesibilidad.
-Calificación energética.
-Dictamen sobre las necesidades de intervención y criterios para su reparación, mejora de accesibilidad y mejora energética.
Toda la documentación generada en la IEE, se recogerá en un documento que constara de un INFORME con la información de la inspección realizada y un dictamen del técnico sobre las condiciones del edificio, las necesidades de intervención y los criterios para su reparación. Toda esta documentación será entregada a la propiedad y al Ayuntamiento del municipio en el que se encuentre el edificio analizado.

Obligatoriedad.

Aunque la obligatoriedad de emisión de dicho informe, vendrá regulada por la ordenanza municipal correspondiente según lugar de actuación, la normativa vigente ya establece que los edificios con antigüedad superior a 50 años situados en municipios de más de 25.000 habitantes, deberán ser objeto de una inspección técnica periódica por parte del técnico competente (Arquitecto y Arquitectos Técnico) a partir del 2019.

En cualquier caso, es obligatoria su emisión para solicitar ayudas contempladas en el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbana, 2013-2016.

Previsiblemente, la IEE comenzarán a exigirla determinados sectores como garantía y para tener conocimiento de en qué estado se encuentra el inmueble. Resulta obvio que una aseguradora quiera saber que asegura, o que una entidad bancaría quiera conocer lo que financia, y yendo aun más lejos, no sería nada descabellado pensar que cualquier particular quiera conocer el estado de lo que va a comprar. De hecho sorprende que no se haga actualmente con la inversión tan grande que supone comprar un inmueble.

Cuestiones habituales.
¿Es muy riguroso hacer la IEE a edificios de más de 50 años y posteriormente revisarlos cada 10 años?
Si se analizan las intervenciones que se hacen en los edificios existentes, se podrá ver que la mayoría tienen alguna intervención de importancia antes de los 35 años. Lo que demuestra que 50 años es una edad incluso tardía para realizar dicha inspección.

Añadir también, que locales y viviendas sufren multitud de cambios en sus instalaciones, distribuciones… mucho antes de cumplir los 50.
Ya que ni la situación social ni las necesidades personales, son las mismas cuando una nace que 50 años después.

¿Por qué ahora?

La ITE, inspección técnica del edificio, la antecesora a la IEE, está en vigor desde el 7 de Julio del 2011, solo que la mayoría de comunidades y ayuntamientos, posiblemente por ser una medida anti popular, no la reguló.

¿Requiere una intervención?
Si presenta deficiencias sí.
A diferencia de la calificación energética, el IEE, si determina si el edificio es apto o no, indicando las deficiencias a subsanar para obtener la calificación de apto, y evitar ser sancionado.

Conclusión.
Los edificios hay que mantenerlos, no esperar a que se caigan a pedazos. La prevención, al igual que ocurre con las personas, es la mejor forma de evitar males mayores. No hay que esperar a que se caiga un aplacado de la fachada a la vía pública, ni a tener filtraciones en las cubierta, perdidas en la red de saneamiento o agua potable. Cuanto más tarde se actúe, más dificultad y coste tendrá la solución. ¿Era necesario que nos obliguen a ello?

Sirva como ejemplo un suceso reciente que impactó a la sociedad, el terremoto de Lorca. Si se analizan las consecuencias que tuvo, una de las conclusiones a las que se puede llegar, es que el desprendimiento de elementos, como petos de coronación, causó numerosos desperfectos personales y materiales. Un ladrillo desde 30 metros de altura mata. Pues, démosle la importancia que tiene. Con una inspección periódica se debería detectar gran parte de estas deficiencias y subsanarlas, evitando pérdidas irreparables.

Sepa en qué estado se encuentra su vivienda y actúe en consecuencia. Cuánto antes haga la intervención apropiada, antes minorizará el riesgo y disfrutará de sus ventajas y amortización.


¿Sigue pensando que la IEE es otro impuesto y que es algo necesario?
Articulo publicado en murciaeconomia.com

www.gestionedificacion.es

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